La persona seleccionada se incorporará al CESGA en el departamento de Aplicaciones y Proyectos en el área de HPC. Su función como investigador es contribuir al desarrollo de las tareas HPC para la industria del proyecto EuroCC 3.
La misión de EuroCC 3 es fortalecer aun más la red distribuida de Centros Nacionales de Competencia (NCC) para la Computación de Alto Rendimiento (HPC), apoyando su desarrollo y la prestación de servicios en todos los países participantes. Basándose en los logros de las fases anteriores (EuroCC y EuroCC2), EuroCC 3 se centra en la consolidación y avance continua de las actividades de la red, al tiempo que amplía la adopción de la HPC en toda Europa. En paralelo, se establecerán tres nuevos NCC, ampliando la cobertura de la red y fomentando el desarrollo de capacidades en nuevas regiones.
El proyecto une 36 NCCs, cada uno de ellos encargado por su autoridad nacional de servir como punto de encuentro único para la experiencia, los servicios y la formación relacionados con la HPC. Con un fuerte enfoque en las pymes y en la industria, los NCC apoyarán la adopción de la HPC a través de consultoría personalizada, desarrollo de habilidades y facilitación del acceso a recursos nacionales y europeos. Trabajando en estrecha colaboración con la acción de coordinación y apoyo que se financiará en el marco de DIGITAL-JU-EUROHPC-2025-NCC-01-02, EuroCC 3 garantizará una coordinación coherente de la red, el intercambio de conocimientos y una presencia externa unificada a través del portal HPC en Europa y del Centro de servicios HPC. Al promover las competencias digitales, apoyar la innovación y fortalecer la competitividad, EuroCC 3 contribuye directamente al pilar “Ampliación del uso y las competencias” de la Empresa Común EuroHPC y a la transformación digital más amplia de Europa.
| Referencia | Puesto | Plazas | Fecha límite solicitudes |
|---|---|---|---|
| EUROCC3-26-TINV1 | Técnico/a de Investigación | 1 | 01/06/2026 |
La Fundación CESGA se compromete, en el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como en el impulso y fomento de medidas para conseguir la igualdad real en el seno de nuestra organización, estableciendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio estratégico de nuestra Política Corporativa y de Recursos Humanos, de acuerdo con la definición del dicho principio que establece el Decreto Legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad y el VIII Plan Estratégico de Galicia para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres 2022-2027.